Calcula lo que te corresponde por un vuelo retrasado o cancelado. Hasta 600 € por pasajero según el Reglamento (CE) n.º 261/2004.
Tu ruta de Madrid (MAD) a París CDG (PAR) es de 1.050 km (banda A: menos de 1.500 km). Un retraso de 4 horas causado por un problema técnico da derecho a 250 € por pasajero según el Reglamento (CE) n.º 261/2004.
Qué hacer ahora: Reclama por escrito a la aerolínea citando el Reglamento (CE) n.º 261/2004 y solicita la indemnización. Disponen de un plazo para responder. Si te lo deniegan, reclama ante AESA o un servicio de reclamaciones.
Importes fijos según la distancia del vuelo y la duración del retraso. Se aplica a los vuelos que salen de un aeropuerto de la UE y a las aerolíneas de la UE que aterrizan en la UE desde cualquier parte del mundo.
Todos los vuelos nacionales en España y la mayoría de las rutas europeas a Lisboa, París, Roma o Casablanca. Se activa con un retraso de 3 horas o más en la llegada al destino.
El resto de la Europa continental y el Mediterráneo: la mayor parte de Alemania, Grecia, Turquía o los países nórdicos. Se activa con un retraso de 3 horas o más en la llegada.
EE. UU., Canadá, Oriente Medio, África subsahariana, América Latina y Asia-Pacífico. Se activa con un retraso de 4 horas o más en la llegada. Se reduce a 300 € si la aerolínea te reubica en un vuelo con menos de 4 horas de diferencia sobre la hora de llegada prevista.
A cualquier aerolínea que salga de un aeropuerto de la UE, sea cual sea su nacionalidad. Además, a cualquier aerolínea registrada en la UE que aterrice en un aeropuerto de la UE procedente de cualquier parte del mundo. No se aplica a las aerolíneas de fuera de la UE (como Emirates o Qatar Airways) que vuelan hacia la UE desde su país de origen — esas se rigen por la normativa de su país.
La meteorología, las huelgas de control aéreo, la inestabilidad política, los riesgos de seguridad y las alertas de seguridad del fabricante. Las huelgas del propio personal de la aerolínea no cuentan como extraordinarias — en ese caso te corresponde la indemnización. Los problemas técnicos suelen considerarse responsabilidad de la aerolínea tras la sentencia del TJUE de 2014.
En España, el plazo general para reclamar es de cinco años desde la fecha del vuelo afectado. No te precipites — pero tampoco lo olvides.
Sí, si ambos vuelos estaban en una misma reserva y el retraso te hizo perder la conexión. La indemnización se calcula sobre la distancia total desde el origen hasta el destino final, no sobre cada tramo por separado.
No. La mayoría de las reclamaciones sencillas se resuelven escribiendo directamente a la aerolínea y citando el Reglamento (CE) n.º 261/2004. Usa una plantilla gratuita, envíala por correo electrónico y concede entre 6 y 8 semanas. Recurre a un servicio de pago solo si la aerolínea te lo deniega o te ignora — y ten en cuenta que se quedan entre el 25 % y el 35 % de la indemnización.